1.
El aborto desde el retorno de la democracia
Desde
el 10 de diciembre de 1983 hasta nuestros días, muchos fueron los cambios en
nuestro país.
La
homosexualidad era cuestionada por amplios sectores y vivida de manera culposa
o clandestina en numerosas familias. El homosexual para muchísima gente era un
enfermo y una influencia peligrosa.
Las
concubinas y concubinos aun no tenían derecho a pensión, el cual sería
instituido por una ley del Congreso en 1985.
Los
hijos tenían distintos derechos según nacieran dentro o fuera del matrimonio y
la patria potestad permanecía establecida en cabeza del padre. También fue en
1985 que se estableció la patria potestad compartida y se estableció la
igualdad de derechos entre hijos extramatrimoniales y matrimoniales.
La
posibilidad de divorciarse tardó más en llegar, luego de un duro debate: fue en
1987.
Aun
estaban vigentes en Buenos Aires los edictos que prohibían travestirse.
Faltaban
20 años para que se aprobara la ley de salud sexual y reproductiva.
Las
mujeres podían casarse a partir de los dieciséis, mientras que los hombres a
los 18. Por cierto, no se trataba de brindar más derechos a la mujer, sino de
reafirmar su rol en el matrimonio desde edad temprana.
Subsistía
la persecución penal del adulterio, que para la mujer se consumaba con una sola
infidelidad, mientras que para el hombre requería “amancebamiento” (tener una
mantenida, hubiera dicho mi abuela).
Era
excepcional que las mujeres ocuparan cargos públicos. Recién en 1991 se
aprobaría la ley de cupos.
No
existía legislación antidiscriminatoria. Recién en 1988 se sancionaría una
norma que incluía la discriminación por
sexo como uno de los actos discriminatorios condenados.
Ni
hablar de la unión civil, el matrimonio igualitario y la identidad de género,
que no alcanzarían a ver la luz en el milenio pasado y recién llegarían con el
actual gobierno.
Recién
en 1994 se receptarían en nuestra Carta Magna
la no discriminación, el derecho a la identidad, los derechos del niño y
diversas garantías establecidas en tratados internacionales que adquirieron
rango constitucional (aun en un contexto de retroceso en el acceso al empleo,
crecimiento de la pobreza y retracción económica generalizada como fruto de las
políticas instauradas en los noventa).
Durante
casi 29 años de democracia, a pesar de los condicionamientos heredados de la
dictadura, de los condicionamientos económicos y de la profundización del
modelo neoliberal que eclosionó en la crisis de 2001-2003, la ampliación de
derechos fue una constante y no sólo se trató de una mera consagración formal,
sino que nos habla de una sociedad que se transformó paulatinamente y fue
cambiando su percepción y su comportamiento respecto de cuestiones cotidianas
como la vida de pareja, la organización familiar, el rol de la mujer, la
maternidad, la niñez o la homosexualidad, entre otras cuestiones.
No
sólo la vida cambió por la transformación de la producción y las relaciones
laborales, el desarrollo de nuevos e impensados servicios, la aparición de las
computadoras, Internet, el desarrollo de las telecomunicaciones, la tecnología
satelital y las crecientes y formidables posibilidades de conectividad y
comunicación.
La
vida cambió porque el sentido común predominante respecto a diversas cuestiones
de lo cotidiano fue transformándose de manera significativa, como fruto de
luchas diversas que aun se sostienen con nuevos desafíos y a pesar de distintas
resistencias y resabios propios de aquel orden consolidado por el retroceso en
los derechos civiles iniciado durante el gobierno de Isabel Perón y establecido
a fuego durante la dictadura.
Esto
no significa una visión lineal del progreso ni soslayar cuestiones que se han
tornado más complejas generándose nuevas dificultades y desafíos, u otras en
las que incluso se ha retrocedido.
Pero
existe un tema que en sus componentes esenciales no ha tenido variación, ha
sostenido su modalidad de funcionamiento en nuestra sociedad desde entonces
hasta el presente: el aborto. Subsiste la prohibición a través de su
tipificación como delito, con excepción de los abortos no punibles. Subsiste el
aborto clandestino como realidad reconocida y ampliamente tolerada, incluso por
la gran mayoría de los antiabortistas. Subsiste la casi ausencia de condenas
penales por la realización de abortos, con preeminencia entre las pocas
existentes de aquellas originadas en denuncias efectuadas por los médicos al
recurrir una paciente cuya vida peligra a consecuencia de un aborto
clandestino. Subsisten las grandísimas dificultades para que el sistema de
salud pública intervenga para efectuar la práctica del aborto en los casos
expresamente previstos como no punibles en el Código Penal.
Acaso
no se ha debatido la cuestión, no han existido iniciativas para modificar la
situación existente?
Día
a día, mes a mes, año a año, el aborto ha sido tema de debate, ha merecido
rechazos y adhesiones, ha visto crecer su visibilidad al calor de casos
diversos que generaron especial atención de la opinión pública, ha mantenido su
presencia en la agenda de debate. Sin embargo, no ha logrado subirse a la de
decisiones o sólo lo ha hecho tangencial y de manera muy limitada, en el caso
de los abortos no punibles.
Luego
de casi tres décadas, quizá resulte necesario repensar los ejes del debate,
ponderar los caminos elegidos, poner la discusión en el contexto del actual
proceso de transformación y replantear los caminos para revertir una realidad
que permite un acceso relativamente seguro a quienes poseen recursos y
significa riesgos y muerte para quienes no tienen acceso a la información y a
los recursos económicos imprescindibles para una práctica que no ponga en
riesgo sus vidas.
2.-
Antiabortistas, abortistas y el no debate
Históricamente
el debate ha sido planteado entre abortistas y antiabortistas. Sin embargo, esa
denominación no da cuenta de la realidad, si tenemos en cuenta que los abortos
clandestinos son una realidad inocultable en el actual modelo de penalización
del aborto y que, además, son absolutamente inherentes a él.
Los
abortos clandestinos no pueden ser considerados una “falla”, una cuestión a
corregir, un resultado no querido del modelo prohibicionista. Son esenciales al
sistema, constituyen una válvula de escape imprescindible y el análisis de las
intervenciones penales y de la notoria y generalizada tolerancia que esos
mismos sectores exhiben frente a las prácticas clandestinas demuestran que no
podrían sostener el modelo de prohibición si este se llevara hasta las últimas
consecuencias y si los sectores medios y altos no tuvieran alternativas a las que recurrir cuando, más allá de las
teorías y las declamaciones de principios, el aborto se convierte en una
decisión familiar.
Aquella
vieja discusión en términos de principios, de concepciones éticas y político
ideológicas, se convierte en una trampa sin salida en la que las posiciones se
exponen con insistencia sin obtener variación en la realidad, al extremo que el
debate a veces termina pareciendo inútil o frívolo, un reiterado contrapunto en
el que las partes no tienen voluntad de oírse y en el que no se modifica la
percepción de la realidad de la inmensa mayoría que asiste a su puesta en
escena.
Esta
lógica sirve para alimentar una postura a la que suelen recurrir integrantes del
poder político para no desgastarse en la disputa. Numerosos dirigentes de
procedencia diversa sostienen entonces que el aborto es un tema que divide y
eligen no tomar parte en ese debate. No estaría tan mal, si no fuera por una
realidad en la que el aborto es una presencia cotidiana con permanente
consecuencia de muerte.
Así,
la discusión corre el riesgo de convertirse en un no debate, en una
conversación respecto de la cual la inmensa mayoría tiene expectativa que tenga
correlato en modificación alguna.
Esto
se da en un doble sentido: la inmensa mayoría no ve probable que se vaya a
terminar con la prohibición penal del aborto. Pero tampoco hay expectativas de
que a partir de la prohibición se inicie alguna política concreta de combate
del aborto clandestino.
Poner
a las personas cara a cara con el problema, cada uno desde su concepción
ideológica y sus principios de vida, implica lograr que se asuma como punto de
partida que el actual sistema, lejos de proteger la vida, la pone en peligro,
la destruye, instaura el aborto del peor modo posible, como una práctica clandestina
y selectiva, que es más riesgosa cuanto más vulnerables socialmente son las
persona que recurren a ella.
3.-La
masacre
Al
analizar los mecanismos de ejercicio del poder punitivo, Raúl Zaffaroni[i]
señala que asistimos a una “serie de
muertes configura una masacre por goteo que, a diferencia de las que hemos
visto y ocupan a los internacionalistas, no producen todas las muertes juntas,
pero las van produciendo día a día”. Esta afirmación alude a muertes
cotidianas que se producen por razones y modos diversos, pero que tienen en
común que se producen en los sectores sociales más vulnerables y que funcionan
como una herramienta de control y de sostenimiento de la exclusión social. En
ese sentido, no parece antojadizo enmarcar las muertes que se ocasionan en el
actual sistema de consagración del aborto clandestino como parte de esa “masacre por goteo”. Cada año alrededor de 100 mujeres mueren
por complicaciones de abortos inseguros en la Argentina y estas complicaciones
representan la primera causa de mortalidad materna.[ii]
El
debate que tenemos por delante es, entonces, qué estamos dispuestos a hacer
para que cese esa masacre, que ha ido acompañada hasta aquí por la música de
fondo de una discusión que no ha dado debida cuenta de ella ni ha encontrado caminos
ciertos para afrontarla.
Es
ese drama cotidiano él que debemos afrontar, para encontrar un camino que nos
permita cumplir con un objetivo que la inmensa mayoría comparte, que es la
defensa de la vida.
Construir
un consenso amplio respecto a la necesidad de terminar con la clandestinidad y
poner de manifiesto que la penalización es el reaseguro de esa clandestinidad
es un desafío esencial.
4.-El
aborto y las políticas de salud sexual y procreación responsable
Hemos
dicho que los aspectos esenciales de funcionamiento del aborto en nuestra
sociedad han permanecido invariables.
Ello
no implica ignorar cambios y avances que se han producido y desde los cuales
debemos pararnos para sostener esta lucha.
Con
sus más y sus menos, el estado argentino cuenta hoy con una política de salud
sexual y reproductiva enmarcada en el Programa Nacional de Salud Sexual y
Procreación Responsable instaurado mediante la ley 25.673, sancionada en el año
2003[iii]. El estado reconoce que “el Derecho a la Salud comprende la Salud Sexual, y que ésta
incluye la posibilidad de desarrollar una vida sexual gratificante y sin
coerción, así como prevenir embarazos no deseados. Se basa en la autonomía de
todas las personas para elegir individual y libremente, de acuerdo a sus
convicciones y a partir de la información y el asesoramiento, un método
anticonceptivo adecuado, reversible, no abortivo y transitorio, para poder
definir la posibilidad de tener hijos, cuantos hijos tener, cuándo tenerlos, y
el intervalo entre ellos. Por eso, promueve la "Consejería" en Salud
Sexual y Reproductiva en los servicios
de salud pública de todo el país; es decir, la posibilidad de acceder
gratuitamente a un asesoramiento de calidad que contribuya a la autonomía y a
la toma de decisiones en materia de salud sexual y reproductiva”[iv].
La
existencia de este Programa no es sólo declamativa y, a pesar de dificultades,
limitaciones y una evolución dispar en nuestro territorio, que expresa una
lucha y un camino recorrido que ha significado incorporar en el sistema de
salud un conjunto de prácticas y recursos y en las personas una conciencia
creciente respecto a la salud sexual y la procreación responsable, que aun no
ha logrado penetrar adecuadamente en las prácticas más cotidianas de los
sectores más vulnerables, pero que constituye una herramienta esencial para
plantearse un avance en ese sentido.
5.
Los abortos no punibles y el fallo de la Corte.
Otro avance tangible es la conciencia
creciente acerca de la limitación objetiva que se ha impuesto a la práctica de los abortos no punibles
previstos en el art. 86 inc. 2º. En diversos casos de dispar notoriedad, los
sectores contrarios al aborto ensayaron todo tipo de recursos para evitar que
el sistema de salud efectúe la práctica abortiva legalmente prevista sin ningún
tipo de requisito previo ni restricción. A primera vista, puede percibirse que
se trató de un avance de esos sectores contra una normativa vigente desde el
nacimiento del Código Penal. Sin embargo, lo cierto es que la aplicación de
estas excepciones había sido casi inexistente y que recién en estos tiempos el
sistema de salud se siente interpelado, se plantea la necesidad de protocolizar
estas prácticas para garantizar su realización oportuna y se procuran criterios
que eviten las chicanas judiciales y la dilación como impedimento para su
realización. Diversas provincias fueron avanzando en la confección de
protocolos, el Ministerio de Salud de la Nación brindó una guía que no estuvo
exenta de conflictos pero que se encuentra vigente y el reciente fallo de la
Suprema Corte de Justicia de a Nación en los autos “F., A. L. s/ medida
autosatisfactiva”, marca un hito fundamental en el que se establece con toda
claridad que las mujeres violadas, insanas o no, podrán
practicarse un aborto sin necesidad de autorización judicial previa ni temor a
sufrir una posterior sanción penal. También estará exento de castigo el médico
que practique la intervención. Para que la mujer pueda realizarse la práctica,
deberá efectuar una declaración jurada dejando constancia del delito del que
fue víctima para que los profesionales que la asistan puedan efectuar el aborto
sin responsabilidad penal. El fallo dejó sentado con claridad que cualquier
caso de aborto no punible no está supeditado a trámite judicial previo e instó
a los hospitales a definir sus protocolos en consonancia con el fallo y para
garantizar la adecuada y oportuna ejecución del aborto en los casos previstos
como excepción en la norma.
La
intención de todos aquellos que procuran poner palos en la rueda en la ejecución
directa del fallo de la Corte es clara: que dados los tiempos breves para la
posibilidad de interrumpir el embarazo, la víctima termine atravesando un
proceso en que vuelve a ser interpelada y expuesta sin conseguir la
interrupción de su embarazo y afrontando el resto de su vida una realidad que
nunca deseo ni buscó. Ser madre a consecuencia de una violación es todo lo
contrario a lo que cualquier mujer sueña como proyecto de vida. Si el sistema
de salud no actúa conforme al fallo, la única persona a la que se le garantiza
una condena concreta, efectiva y que se prolonga por el resto de sus días es a
la víctima.
La postura fundamentalista de quienes buscan
impedir su aplicación reposa en una doble moral, porque ninguno de ellos ignora
que una mujer que ostenta una posición social con acceso a contactos y recursos
económicos podrá realizarse un aborto clandestino en buenas condiciones
sanitarias.
Pero una mujer pobre, hasta tanto no se
garantice la implementación del fallo, está condenada a dando a luz o
intentando abortar de manera clandestina en condiciones riesgosas para su vida.
Los
sectores que se oponen no sólo procuran intimidar a las víctimas, sino también
a los trabajadores de la salud, en especial a los médicos, y ese accionar
intimidatorio se ha intensificado en los últimos tiempos.
Esto
conlleva además una actitud discriminatoria en términos de género, que tolera
la violación hasta extremos cercanos a su apología al desproteger y castigar a
sus víctimas.
Pero también, estos sectores ejercen una
actitud provocativa que tiene por objeto atraparnos en el ruido de ese debate y
paralizar cualquier intento de desarrollar políticas concretas en el sistema de
salud que garanticen el cumplimiento de la ley y el acceso concreto de las
embarazadas víctimas de violación a la interrupción del embarazo.
Pretenden
además jaquear toda la política de salud
sexual y reproductiva que trabajosamente procura llevar adelante el
gobierno nacional con el respaldo de los sectores consustanciados con el acceso
democrático a la salud.
Entonces,
está muy bien debatir. Pero tenemos una agenda de trabajo concreta en la que
tenemos que seguir avanzando. El fallo de la Corte los incomoda por la manera clara e inequívoca en que
habilita a actuar al sistema de salud sin necesidad de autorización judicial
previa alguna. Su aplicación no se producirá mágicamente: requiere difundirlo
entre los protagonistas de la salud pública y en la comunidad, para que los
médicos puedan sentirse respaldados en su accionar sin temor a las amenazas,
para que las víctimas no terminen como rehenes y para que los servicios sean
organizados de modo tal que la objeción de conciencia sea una expresión
individual de quien realmente la tenga y no una excusa para no comprometerse.
Sin
perjuicio de la definición del caso puntual y del inmediato impacto que tuvo
sobre los sistemas de salud en diversas provincias en función de las reacciones
que generó, el fallo se convierte en una valiosísima herramienta para revertir
la reticencia y el temor que han predominado en el sistema de salud pública
para realizar estas prácticas y construir procedimientos que garanticen a los
médicos su intervención sin ulterioridades negativas por su
desempeño.
6.-La
confidencialidad
La
otra gran cuestión que va de la mano de la existencia de una política de salud
sexual y procreación responsable y de garantizar el acceso efectivo a las
excepciones al art. 86 inc. 2 del Código Penal, es defender y promover el
derecho a la confidencialidad, cuyo pleno ejercicio necesita ser extendido para
liberar a los médicos garantizando que no serán víctimas de judicialización por
su intervención y liberándolos de infundadas obligaciones de denuncia que
muchas veces subsisten como una práctica instaurada como hábito “para cubrirse”
de cualquier ulterioridad judicial.
7.-La
salud sexual y el misoprostol
En
el contexto del diagnóstico efectuado, nuestra plataforma es muchísimo más
amplia que la búsqueda de la desincriminación del aborto, pues requiere abordar
la disponibilidad, accesibilidad y calidad de los servicios de salud
reproductiva, la cobertura y accesibilidad de los métodos anticonceptivos, la información
y acceso oportuno a la anticoncepción hormonal de emergencia, la educación
sexual desde edad temprana, las políticas contra la violencia sexual, el mejoramiento
de la atención en el posaborto, fomentar la comunicación entre las mujeres y el
equipo de salud basada en el respeto y el trato libre de prejuicios, respetar
la confidencialidad de las mujeres y el secreto profesional para no efectuar la
denuncia policial, ponderar la incorporación de las técnicas para el tratamiento
del aborto incompleto, proveer consejería en salud reproductiva y métodos
anticonceptivos a todas las mujeres que se internan por aborto, entre otras
cuestiones.
En
ese contexto, es esencial ponderar adecuadamente la utilización del misoprostol
y la implementación de las consejerías pre y post aborto. Ante la evidencia y
la experiencia internacional sobre los beneficios del uso del misoprostol en
ginecología y obstetricia, compartimos la necesidad que la Administración
Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (ANMAT) apruebe su uso, que ha
transformado la práctica del aborto en todas las latitudes y lo ha erigido en
una opción relativamente segura que ha merecido una actitud militante de los
sectores más comprometidos en la lucha por la desincriminación del aborto. Sin
embargo, resulta imprescindible no tomarlo como panacea ni convertir a la
política de promoción de su uso en una alternativa opuesta al marco general que
la debe contener, que es la política integral de salud sexual y reproductiva.
Cuando en una unidad sanitaria se desata el conflicto entre quienes pretenden
una política integral y aquellos que quieren garantizar que se recete
misoprostol en las consejerías, quiere decir que estamos introduciendo de mala
manera la cuestión, estamos generando una división en la que perdemos fuerza,
en la medida que se pone en vereda opuesta a muchísimos profesionales de la
salud que cumplen un rol esencial en el sostenimiento de esta lucha.
8.-Nuestro
desafío
La
tarea se da en cada guardia, en cada servicio, en cada unidad sanitaria, en
cada organización libre del pueblo y la tarea debe librarse con la inteligencia
de no perder a nadie y permitir que la compartan con nosotros hasta donde estén
dispuestos y les sea posible la mayor cantidad de protagonistas posible.
Esto
no quiere decir que cada uno de los diversos protagonistas no tengan perfiles y
énfasis diferenciados, algunos protagonizando cambios firmes y a veces casi
silenciosos, otros interpelando desde una actitud militante más decidida y
drástica. Pero cuanta más conciencia tengan cada uno de ellos de pertenecer a
una lucha común, que es terminar con la
masacre por goteo, más chance tendremos de franquear la barrera insalvable que
hasta aquí significa que se mantenga incólume el actual sistema de protección
del aborto clandestino.
Si
en un hospital se garantiza la confidencialidad, se elimina la práctica de
denunciar y se establece con claridad la manera de actuar frente a un caso de
aborto no punible, estamos dando un paso adelante fundamental. También si en
una unidad sanitaria el equipo de salud desarrolla una tarea firme y sostenida
en la promoción de la salud sexual y reproductiva, articulada con la atención
pediátrica y el seguimiento del embarazo. Si a su vez tenemos la madurez de
comenzar a explicar el uso del misoprostol, mejor aun. Pero tan valioso como
eso es aclararle a una profesional de la salud que el DIU, con la actual
tecnología, no tiene efecto abortivo, porque actúa antes de la formación del
embrión. Desarmar creencias erróneas como esa también es parte de la tarea.
No
se trata sólo de hacer realidad una consigna. Tenemos por delante una disputa
de posiciones permanente, en la que no siempre avanzaremos a la velocidad
esperada, pero que a la larga nos dará los resultados más firmes y duraderos.
No
hace falta renunciar a ninguna reivindicación o consigna, sino de destrabar
esta inexpugnabilidad que en sus pilares fundamentales exhibe desde décadas la
práctica del aborto clandestino en nuestro país.
Desde
los pasos concretos que hemos dado en estos años, debemos trabajar en la construcción de un nuevo sentido común
predominante, a la luz del cual, aquel debate desgastado resulte extemporáneo y
se instale mayoritariamente la comprensión que el aborto es una cuestión de
salud pública y no de política criminal. Su
desincriminación será entonces posible por ser comprendida como
necesaria por la amplia mayoría de la sociedad.
[i] Raúl Zaffaroni, La Cuestión Criminal, Planeta, 2011.
[ii] La tasa de mortalidad materna
en el país fue de 5,5 decesos por cada 10 mil nacidos vivos en 2009, según
cifras del Ministerio de Salud de la Nación. Diversas estimaciones sostienen
que al menos 30% de esas muertes se deben a complicaciones en abortos. El jefe
de Maternidad del Hospital Alvarez, Marcelo Guz, declaró al diario La Nación en
agosto de 2011 que se estima que en el país se efectúan entre 450.000 y 500.000
abortos por año, casi un 40 por ciento de los embarazos totales. La Sociedad de
Ginecología y Obstetricia de Buenos Aires (Sogiba) realizó una investigación
para las Naciones Unidas en la que advirtió que existe un importante
subregistro de muertes vinculadas al aborto. "Muchas veces las mujeres
llegan a las guardias con cuadros como insuficiencia renal y otras
complicaciones obstétricas que tuvieron su origen en un aborto, pero no son
asentadas como tales", señaló, Mabel Bianco, presidenta de la Fundación
para Estudio e Investigación de Mujer (FEIM) al mismo diario..Sostuvo que
"el estudio que efectuamos el año pasado arrojó que no disminuimos sino
que aumentamos la tasa en relación al 2000. Con esta tendencia, en 2015 cuando
tengamos que reportar a la PNUD, vamos a tener un 38% de las muertes maternas por
causas vinculadas al aborto, en lugar del objetivo que es reducirlo a un 13
%".
[iii] Tomando al Ministerio de Salud de la Nación como fuente,
el Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable reconoce que el Derecho a
la Salud comprende la Salud Sexual, y que ésta incluye la posibilidad de
desarrollar una vida sexual gratificante y sin coerción, así como prevenir
embarazos no deseados. Se basa en la autonomía de todas las personas para
elegir individual y libremente, de acuerdo a sus convicciones y a partir de la
información y el asesoramiento, un método anticonceptivo adecuado, reversible,
no abortivo y transitorio, para poder definir la posibilidad de tener hijos,
cuantos hijos tener, cuándo tenerlos, y el intervalo entre ellos. Por eso,
promueve la "Consejería" en Salud Sexual y Reproductiva en los servicios de salud
pública de todo el país; es decir, la posibilidad de acceder gratuitamente a un
asesoramiento de calidad que contribuya a la autonomía y a la toma de
decisiones en materia de salud sexual y reproductiva. Al mismo tiempo, favorece
la detección oportuna de enfermedades genitales y mamarias, contribuyendo a la
prevención y detección temprana de infecciones y VIH/sida.
A fines del año 2006
los centros de salud y hospitales con prestaciones del Programa superaban los
6100 en todo el país, siendo 1.900.000 las usuarias y usuarios del mismo.
La implementación del
Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable abarca:
• Entrega de insumos a las provincias para su
distribución gratuita en los Centros de Atención Primaria y hospitales
públicos, a solicitud de las/los usuarias/os, con asesoramiento o consejería
especializada.
Los insumos de salud
sexual y reproductiva que distribuye el Programa actualmente son preservativos,
anticonceptivos hormonales inyectables, hormonales para lactancia, hormonales
combinados, y anticonceptivos hormonales de emergencia; dispositivos
intrauterinos (DIU) y cajas de instrumental para su colocación.
• Asistencia técnica y
apoyo a las autoridades provinciales, para la implementación de programas
locales en todas las provincias.
• Capacitación a los
equipos de salud mediante la articulación con el Programa de Médicos
Comunitarios.
• Producción y entrega
gratuita de materiales didácticos de
difusión relacionados con el tema.
•Actividades de
comunicación social y campañas.
• Articulación de
actividades con áreas y programas de la Secretaría de Programas Sanitarios:
Programa Nacional de Lucha contra el SIDA y ETS, Plan Nacer, la Dirección de
Maternidad e Infancia, Programa de Médicos Comunitarios, la Dirección de
Programas Sanitarios la Dirección Nacional de la Juventud y el Programa Familias del Ministerio de
Desarrollo Social y Organizaciones no
gubernamentales: científicas, de desarrollo comunitario, académicas.
Cobertura de Obras
Sociales y Prepagas
La cobertura en
métodos anticonceptivos que tanto las obras sociales nacionales comprendidas en
las leyes N° 23.660 y 23.661 como las empresas de medicina prepaga están
obligadas a brindar, es la contenida en el Programa Médico Obligatorio (PMO)
–Resolución del M. Salud N° 1991/2005, y en las leyes nacionales específicas-.
Otra resolución este Ministerio, la Nº 310/2004 (también dentro del PMO) en su
punto 7.3 indica que:
"Tendrán
cobertura del 100% para los beneficiarios, a cargo del Agente del Seguro de
Salud, los medicamentos de uso anticonceptivo incluidos en los Anexos III y IV
y que se encuentran explícitamente comprendidos en la norma de aplicación
emergente de la Ley 25.673 de Salud Sexual y Procreación Responsable. De este
modo los beneficiarios de estos sistemas de cobertura no deben abonar nada
siempre y cuando la prescripción médica del anticonceptivo sea sobre los
genéricos descriptos, y en sus correspondientes formas farmacéuticas
(comprimidos o inyectables).
También está incluida
la cobertura de los dispositivos intrauterinos o DIU (Resolución 310/04): "Anticonceptivos
intrauterinos, dispositivos de cobre. La cobertura estará a cargo de los
Agentes del Seguro al 100%." Esto incluye tanto el costo del DIU como su
colocación no estando previsto en la normativa el cobro de coseguro o copago
alguno. Además, el sistema de cobertura
debe ofrecer una red de prestadores registrados que ofrezcan este servicio.
Por otro lado, también
están incluidos en dichas normativas los condones, diafragmas y espermicidas al
100 %. Por último, cabe aclara que el médico está obligado a hacer siempre las
prescripciones sobre los genéricos y no sobre las marcas. A partir de diciembre
2006 se incluye la cobertura gratuita de Anticoncepción Quirúrgica (ligadura
tubaria y vasectomía), y en marzo 2007 se incluyò en el PMO la Anticoncepción
Hormonal de Emergencia.